Servicio de Atención al Cliente
"De conformidad con la Orden del Ministerio de Economía 734/2004, de 11 de marzo, sobre los Departamentos y Servicios de Atención al Cliente y el Defensor del Cliente de las Entidades Financieras, UBS ha regulado los procedimientos de funcionamiento del Servicio de Atención al Cliente mediante un Reglamento de Defensa del Cliente que está a su disposición en la oficinas de UBS Europe, S.E., Sucursal en España
Corresponde al Servicio de Atención al Cliente atender y resolver las quejas y reclamaciones que los clientes presenten y estén relacionadas con sus intereses y derechos legalmente reconocidos como consecuencia de los servicios prestados por UBS Europe, S.E., Sucursal en España y UBS Gestión SGIIC, S.A. Adicionalmente, UBS pone a disposición de sus clientes la figura del Defensor del Cliente, cuyo funcionamiento está regulado en su propio Reglamento.
A continuación le facilitamos los datos de contacto de los organismos de atención al Cliente de UBS Europe, S.E., Sucursal en España
Servicio de Atención al Cliente de UBS |
Defensor del Cliente |
Una vez interpuesta la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente o ante el Defensor del Cliente, si la respuesta no hubiera sido satisfactoria o hubiera transcurrido un plazo de dos (2) meses desde la presentación de la queja o reclamación sin haber recibido respuesta, el cliente podrá dirigirse, según corresponda, al Servicio de Reclamaciones del Banco de España (C/ Alcalá 48, 28014 Madrid) o al Servicio de Reclamaciones de la CNMV (C/Edison 4, 28006 Madrid)."